II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal del 2017
La publicación del II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal (CEM) en fecha 7 junio de 2017 cambiaba por completo el panorama de la formación en un sector que solo se había preocupado de regular a aquellos que prestaban servicios en obras de construcción.
Actualmente, las empresas afectadas por este Convenio, que NO trabajen en obras de construcción, están obligadas a recibir formación en materia de prevención de riesgos laborales con una estructura similar a los de las obras.
Los trabajadores de este sector, a partir de ahora referido como “METAL en METAL”, pasan a tener la obligación de poseer la formación que a continuación vamos a detallar.
Los trabajadores dedicados a oficios del área de producción y/o mantenimiento deberán recibir curso de 20 horas presenciales. Este curso dispone de una parte común (12 horas) y de una parte específica (8 horas). Están codificados por actividades.
Cod. | Denominación Acción formativa | Mod | Hrs. |
C.1 | CNAE 24: Trabajos de fabricación, producción y transformación del hierro, del acero y de los metales no férreos, y primera transformación (fabricación del acero, fundición de metales, fabricación de moldes, fabricación de tubos y similares). | P | 20 |
C.2 | CNAE 30.1 Y 33.15: Trabajos de construcción, reparación y mantenimiento naval en astilleros y muelle | P | 20 |
C.3 | Trabajos de forja | P | 20 |
C.4 | Operarios en Trabajos de soldadura y oxicorte | P | 20 |
C.5 | Operarios de máquinas de mecanizado por arranque de viruta | P | 20 |
C.6 | Operarios de máquinas de mecanizado por abrasión | P | 20 |
C.7 | Operarios de máquinas de mecanizado por deformación y corte del metal | P | 20 |
C.8 | Operarios en actividades de tratamientos superficiales de las piezas de metal: desengrasado, limpieza, decapado, recubrimiento, pintura | P | 20 |
C.9 | Operarios en actividades de premontaje, montaje, cambio de formato y ensamblaje en fábricas | P | 20 |
C.10 | Trabajos de carpintería metálica | P | 20 |
C.11 | Operarios en Trabajos de joyería | P | 20 |
C.12 | Trabajos de mecánica, mantenimiento y reparación de máquinas, equipos industriales y/o equipos electromecánicos (industria aeroespacial, etc.) | P | 20 |
C.13 | Trabajos en talleres de reparación de vehículos | P | 20 |
C.14 | Trabajos de instalación, mantenimiento y reparación de equipos informáticos, automatismos y su programación, ordenadores y sus periféricos o dispositivos auxiliares; equipos y tecnologías de telecomunicaciones y de la información, redes de información y datos (TICs) | P | 20 |
C.15 | Instaladores y reparadores de líneas y equipos eléctricos | P | 20 |
C.16 | Trabajos de fontanería, instalaciones de calefacción-climatización, instalaciones de agua caliente sanitaria e instalaciones solares térmicas | P | 20 |
C.17 | Trabajos de mantenimiento, reparación e instalación de ascensores | P | 20 |
C.18 | Trabajos de aislamiento e impermeabilización | P | 20 |
C.19 | Trabajos de montaje de estructuras tubulares | P | 20 |
C.20 | Trabajos de construcción y mantenimiento de vías férreas | P | 20 |
C.21 | Trabajos de instalaciones, mantenimiento y reparación de infraestructuras de telecomunicaciones (TIC y digitalización) | P | 20 |
C.22 | Trabajos en gasoductos y redes de distribución de gases combustibles | P | 20 |
C.23 | Trabajos de otro tipo de instalaciones tales como instalaciones solares fotovoltaicas o instalaciones eólicas | P | 20 |
C.24 | Trabajos de recuperación y reciclaje de materias primas secundarias metálicas | P | 20 |
C.25 | Trabajos de control de calidad, verificación e inspección de materias en curso de fabricación y en productos terminados del sector | P | 20 |
C.26 | Conductores/transportistas | P | 20 |
C.27 | Conductores de carretillas elevadoras | P | 20 |
C.28 | Operadores de puente-grúa | P | 20 |
C.29 | Operadores de plataformas elevadoras | P | 20 |
C.30 | Operarios en almacén y logística y aprovisionamiento en los procesos de fabricación (incluyendo entre otras actividades el empaquetado, preparación de productos, reprocesado, con la ayuda o no de elementos mecánicos y otras tareas de aprovisionamiento y suministro de materiales y componentes) | P | 20 |
C.31 | Conductores de grúas móviles autopropulsadas | P | 20 |
Actividades que no se encuentren expresamente reguladas en este convenio | P | 20 |
Otras Formaciones Obligatorias
- Formación de directivos. 6 horas.
- Formación de trabajadores que desempeñan sus tareas en oficinas. 6 horas.
- Formación de trabajadores con funciones preventivas de nivel básico. 50 horas.
Cod. | Denominación Acción formativa | Mod | Hrs. |
Nivel básico | P | 50 | |
Nivel básico | TF | 50 | |
Delegados de prevención | P | 50 | |
Personal oficina | P | 6 | |
Personal oficina | TF | 6 | |
Directivos | P | 6 | |
Directivos | TF | 6 |
Convalidaciones
Con el fin de evitar duplicidades en la formación de los trabajadores, los que la hayan recibido sobre la consideración del lugar de trabajo como obra de construcción, y realicen su actividad en un lugar trabajo distinto, o viceversa, se procederá a un reconocimiento de dicha formación recibida según lo establecido en el Anexo III del Convenio:
Formación en origen | Acceso a | Requisitos previos |
Curso nivel básico metal. (50 horas). | Curso nivel básico construcción. (60 horas). | Módulo de 14 horas sobre parte troncal de oficios definido como patrón base. |
Curso nivel básico metal. (50 horas). | Curso oficio construcción. (20 horas). | Módulo parte específica oficio. (6 horas). |
Curso nivel básico construcción. (60 horas). | Curso nivel básico metal. (50 horas). | Convalidación automática. |
Curso nivel básico construcción. (60 horas). | Curso oficio metal. (20 horas). | Módulo parte específica oficio. (8 horas). |
Curso oficio construcción. (20 horas). | Curso oficio metal. (20 horas). | Módulo parte específica oficio. (8 horas). |
Curso oficio metal (20 horas). | Curso oficio construcción. (20 horas). | Módulo parte específica de oficio. (6 horas). |
Todos estos cursos serán presenciales a excepción de Directivos y Personal de oficinas, que podrá ser en teleformación.
Reciclajes
Se establece un curso de reciclaje, obligatorio consistente en 4 horas de formación que serán impartidas periódicamente cada 4 años. Será presencial, salvo para administrativos que podrá ser teleformación. Este curso de reciclaje será impartido, en el momento de incorporación al puesto de trabajo, cuando el trabajador haya estado alejado del sector, al menos durante un año, de manera continuada. Estos cursos sólo podrán ser impartidos por empresa homologada por la Fundación del Metal. Los CNAE afectados están especificados en el convenio en el Anexo I.
Convalidación de los Cursos de Carretillas, Puente Grúa y Plataforma Elevadora
La formación presentada por la empresa:
- Operador de carretillas de manutención conforme a Norma UNE 58451.
- Operador de puente grúa y polipastos.
- Operador de plataforma elevadora. conforme a Norma UNE 58923.
Convalida respectivamente las 8 horas específicas de los módulos:
- C.27 Contenido formativo para conductores de carretillas elevadoras.
- C.28 Contenido formativo para operadores de puente-grúa.
- C.29 Contenido formativo para operadores de plataformas elevadoras.
No obstante, la parte troncal (12 horas) también deberá ser impartida tal y como indica el propio Convenio.